Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: SE RATIFICA, la orden de aprehensión dictada al ciudadano JESUS RAFAEL CONDE LUGO, y en consecuencia medida JUDICIAL DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad a los establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES, en perjuicio de JESUS MARIA RODRIGUEZ ARAPE, previsto en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal vigente. SEGUNDO: Se declara sin lugar la solicitud de una medida menos gravosa solicita por la Defensa. TERCERO: se ordena fijar como sitio de reclusión la Comunidad Penitenciaria de Coro. CUARTA: Se decreta la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con los artículos 373 del Código Orgánico Procesa.....