Por las razones que anteceden, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en revisión de medida de Privación de Libertad, se sustituye por las medidas de Libertad Asistida, e Imposición de Reglas de Conducta en beneficio del sancionado (Identidad Omitida), con las siguientes obligaciones: a) Finalizar el curso de tapicería que se imparte en el CSE Dr. Pablo Herrera Campins, de lunes a viernes de las 8 am hasta las 11:30 am. b) Someterse a la vigilancia y supervisión del padre durante el lapso de tres (03) meses. c) Continuar con los estudios de educación formal y consignar al Tribunal, la constancia de inscripción y las notas obtenidas durante las evaluaciones. Y la medida de Libertad Asistida: será bajo la orientación y vigilancia de la Psicóloga, Lic. María Leonor Cortés, quien asiste a los adolescentes del Centro Socioeducativo Dr. Pablo Herrera Campins, con la comparecencia de cada quince (15) días. Todas estas obligaciones a cumplirlas en .....