DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA para IMPUTADO DESCONOCIDO, por el delito precalificado por esta Fiscalía como ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 458, último aparte del Código Penal Venezolano en perjuicio de la Ciudadana: TAVITA BASTARDO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-5.076.596 y residenciada en la Urbanización Bebedero, Calle 03, Vereda Nro 63, Casa Nro 02 de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, fundamentándose esta decisión en que esta demostrado la existencia de un hecho punible cometido pero, sin embargo, ha transcurrido el tiempo estipulado para que opere la PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL de confo.....