Con fundamento en la razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: a tenor de lo pautado en los artículos 48 ordinal 8° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 19 ordinal 3° de la Ley Penal del Ambiente, Decreta la extinción penal y por ende el Sobreseimiento de la presente causa, que se instruye en contra del ciudadano ALEJANDRO ANTONIO MACHADO C.I: 7.747.627, de 47 años de edad, nacido en fecha 10-07-59, de profesión MARINO Hijo de DOLORES MACHADO Y ELADIO GARCIA, domiciliado en VILLA MARINA, MUNICIPIO LOS TAQUES, CALLE EL CERRO, CASA S/N, AL FONDE DEL ASTILLERO "MAR CARIBE"; PUNTO FIJO, ESTADO FALCÓN, por el delito de PESCA ILICITA previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del Estado Venezol.....