DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal Sexto en funciones de Control en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Vista la admisión de los hechos realizada por los imputados cada uno por separado y su propuesta de celebrar el acuerdo reparatorio plenamente aceptado por la víctima, así como la manifestación de la Representación Fiscal quien no se opone a la celebración del mismo, este tribunal pasa a DECIDIR bajo lo siguientes términos : PRIMERO este Tribunal considera ajustado a Derecho Homologar el acuerdo celebrado entre el imputado TOMAS ALBERTO RIVERO CERAMI; titular de la Cédula de Identidad Nº 18.356.820 y la victima ciudadano Alvarado Hernández Claudio Antonio titular de la Cédula de Identidad Nº 13196428 al ser entregado por el ciudadano imputado a la victima la cantidad de 800,00 BF . SEGUNDO: Este Tribunal en virtud del acuerdo reapartorio celebrado entre las partes acordó la extinción de la acción penal de conformidad.....