DISPOSITIVA:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano: JOSE ALBERTO SOTELDO, titular de la cédula de identidad nro. 12.669.149, en la presunta comisión del delito de: HURTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 1 de La Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, de conformidad con el artículo 318, ordinal 3ero del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 108, ordinal 4to del Código Penal Venezolano, concatenado con los artículos 48 numeral 8tavo, 318 numeral 3ero y 323 del Código Orgánico Procesal Penal, así mismo se decreta el cese de las medidas de coerción personal.
Notifíquese a las partes - Remítase las actuaciones al Archivo Judicial del Estado .....