Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar, por el abogado Filippo Tortorici Sambito, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CONCENTRADOS VALERA, C.A. (CONVACA), identificados supra, contra el acto administrativo contenido en la Certificación de Discapacidad Parcial Permanente N° 077/09, dictada por el INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORAL (DIRESAT), a través de la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES LARA, TRUJILLO Y YARACUY (INPSASEL), de fecha 01 de abril de 2009, contenida en el expediente N° TRU-41-IE-09-0010 a favor del ciudadano Alexander José Paredes Paredes, ya identi.....