Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
1. Se ordena remitir el presente expediente al Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, ¿a quien le correspondió el conocimiento de la causa en fase preliminar- a los fines de que se pronuncie sobre la homologación respectiva.
2. Igualmente se ordena notificar al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial ¿a quien le correspondió la fase de cognición-, de la transacción celebrada entre las partes.