PRIMERO: SIN LUGAR la recusación planteada por la abogada ELISA ELENA CARIDAD PARRA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado N° 138.764, en condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil KOREA CORP C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 29 de mayo del año 2009, bajo el N° 37, Tomo 40-A, representada por los ciudadanos WLADEMAR MARIO LARRAURI REYES y JOSÉ ALBERTO LARRAURI REYES, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.427.749 y V-13.038.440, respectivamente, contra el abogado HILARION ANTONIO RIERA BALLESTERO, Juez Titular del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio N° KN06-V-2022-000013.
SEGUNDO: Se acuerda notificar mediante oficio al abogado HILARION ANTONIO RIERA BALLESTERO, Juez Titular del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judic.....