Es por todo lo antes expuesto, que este Juzgado Tercero de Municipio del Municipio Puerto Cabello, de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la Pretensión Jurídica que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpusiera el ciudadano LUÍS DIONISIO HERNÁNDEZ VILLEGAS, asistido por el abogado SANTIAGO ELÍAS GUDIÑO, contra la Entidad mercantil PANADERÍA PASTELERÍA y CHARCUTERÍA LUMAR-PAN C.A., todos debidamente identificados en autos, en consecuencia, se condena a la misma a pagar la cantidad de UN MILLÓN DOSCIENTOS UN MIL CIENTO DIECIOCHO BOLÍVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (Bs. 1.201.118, 20), se ordena a los efectos de la indexación monetaria, experticia complementaria del fallo que deberá hacerse en base al índice inflacionario proporcionado por el Banco central de Venezuela, para indexar al monto de las Prestaciones Sociales, desde la fecha del despido h.....