SE DECLINO LA COMPETENCIA al Tribunal 3° de Control de este Circuito Judicial penal, en la causa seguida al imputado JOEL ALEXANDER OLMEDO, ampliamente identificado en autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 70 ordinal 4° ejusdem, en relación con el artículo 73 ibidem, por lo que se ordena la remisión de las presentes actuaciones a través de la URDD. Así se decide. Notifíquese a las partes