Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, y se DECRETA LIBERTAD PLENA, por el cumplimiento de condena a la penado: DALY JOSEFINA DELGADO OVALLES, identificada con cédula de identidad Nro. 6.828.780, condenada en fecha 11 de Agosto de 2006, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, a cumplir la pena de UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de PECULADO DOLOSO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 52 EN LA Ley contra la Corrupción y MULTA DE 2454.416,70 a cancelar por ante el SENIAT, por cuanto la pena fue cumplida en su totalidad, bajo el Régimen de Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena, así como cumplió la totalidad de la obligación .....