DECISION
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 02 de la Sección de Responsabilidad Penal de adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la detención en flagrancia del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), identificado ut supra, por el delito Posesión Ilícita de Drogas, previsto en el artículo 153 de la Ley Orgánica sobre Drogas y sancionado en la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y se acuerda el procedimiento ordinario, de conformidad con el artículo 553 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y se ordena cumpla las medidas cautelares establecidas en el artículo 582 literales b) y c) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, es decir, Obligación de permanecer bajo el cuidado y vigilancia de su representante legal y presentación cada .....