el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA iniciada por denuncia de la ciudadana DANIEZA MARÍA LOPEZ DE GONZALEZ, con Cédula de Identidad N° 12.663.225, con domicilio en la urbanización Cristóbal Colón, manzana 27, calle oeste 6, casa N° 3, sector tres, Cumaná, Estado Sucre; por el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de Violencia, donde aparece como imputado el ciudadano JUAN MANUEL GONZALEZ CAMPOS, titular de la cédula de identidad N° 10.947.543, con domicilio en la urbanización Cristóbal Colón, manzana 27, calle oeste 6, casa N° 3, sector tres, Cumaná, Estado Sucre; en virtud de .....