SE acordó hacer entrega material en condición de depósito para su Guarda y Custodia al ciudadano FLORENTINO RAMÍREZ ALVIAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.098.887, del vehículo que reúne las características siguientes: SERIAL DE CARROCERÍA: J4A144CN28108, Placa: 158XDS, MARCA: SEP, SERIAL DEL MOTOR: 8M3604007, MODELO: WAGONEER, AÑO: 1974, COLOR; AZUL DOS TONOS, CLASE: CAMIONETA, TIPO: EXPORT WAGON, USO: PARTICULAR, de conformidad con los artículos 10 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y 311 del Código Orgánico Procesal Penal; El ciudadano FLORENTINO RAMÍREZ ALVIAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.098.887, deberá cumplir con las condiciones que le imponga este Tribunal para la entrega del vehículo anteriormente descrito.