PRIMERO: DECLARA CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Abogada GERALDINE TOTESAUT LÓPEZ actuando con el carácter de apoderada de la ciudadana OLGA MARIA DE LOURDES RIVERAS de REYES, contra el auto fechado el 06 de febrero de 2007, que rechazó la querella penal presentada el 28-07-2006 en contra de su cónyuge TOMAS REYES OLIVA por el delito de FALSA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO.- SEGUNDO: SE REVOCA LA DECISIÓN OBJETO DE APELACIÓN, se tiene a las Abogadas PHILOMENA DE FREITAS FERNANDES y GERALDINE TOTESAUT LOPEZ, con el carácter apoderadas judiciales de la ciudadana MARIA DE LOURDES RIVERAS DE REYES en la querella que en su nombre intentaron contra TOMAS REYES OLIVA.- TERCERO: SE REPONE LA CAUSA al estado en que el Juez de la causa examine la querella bajo los parámetros del artículo 294 y aplique la consecuencia correspondiente al caso, conforme a las disposiciones del artículo 296 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.