Se constituyó el Tribunal en la sede de la demandada SUPER TUBOS CARABOBO, C.A., ubicada, Avenida 190, cruce con Avenida Los Samanes, Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, en compañía del Abogado ENRIQUE FONT, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 134.952, en su carácter de Apoderado Judicial de Sociedad Mercantil "LOGONZA, C.A.", a fin de practicar la medida de Embargo Preventivo decretada por el comitente.Presente el ciudadano JOSE NEIBER RODRIGUEZ PERDOMO, titular de la Cédula de Identidad n° 12.057.401, a quien en su carácter de Presidente de la Empresa demandada se le notificó de la misión a realizar, y quien asistido por el Abogado CARLOS M. CALZADILLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 146.582, celebró convenimiento. El Tribunal a solicitud de la parte actora y visto el convenimiento se abstuvo de practicar la medida preventiva de embargo.