En consecuencia, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Perimida la Instancia en el Presente Proceso, en base a lo dispuesto en el articulo 267 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DEIDE.
PUBLIQUESE y REGISTRESE
Dado, firmado y sellado en la sala del despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. En Santa Ana de Coro a los veintisiete (27) del mes de Octubre de Dos Mil Cuatro (2004) Años: 194° De La Independencia y 145° de la Federación.
EL JUEZ TEMPORAL
ABOG. EDUARDO YUGURI PRIMERA
LA SECRETARIA TIT.
ABOG. DENNY CUELLO
NOTA: En la misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las10:00 a.m, previo el anuncio de Ley, quedando anotada bajo e.....