Por los fundamentos expuestos, es por lo que este Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, SE HOMOLOGA, EL OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, acordada por el ciudadano ALEXIS RAMON GARCIA OLIVERO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-15.236.003, de la Población y Parroquia Mene Mauroa; en su condición de padre de los niños .................., de doce (12), once (11), diez (10) y siete (07) años de edad. Ofrecimiento que fue aceptada por la ciudadana ELISA MARIA CASTILLO AGUILAR, Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.443.481, domiciliada en el Sector La Pringamosa de la Población y Parroquia Mene Mauroa, Municipio Autónomo Mauroa del Estado Falcón; en representación de sus hijos anteriormente mencionados. Por lo que se HOMOLOGA EL OFRECIMIENTO DE MANUTENCION. ASI SE DE.....