DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal de los adolescentes, en Funciones de Control N° 2 del Circuito Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, de conformidad con el articulo 561 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y de los adolescentes, en la causa seguida al joven IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la modalidad de ocultamiento. Así mismo acuerda revocar las medidas cautelares impuestas en fecha 20 de agosto de 2010, prevista en el artículo 582 literales "c" y "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña, y del Adolescente, consistente en presentación por ante este Tribunal cada quince (15) días y la prohibición de salir de la jurisdicción del munici.....