Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el abogado SAUL RONDON HIDALGO, titular de la cédula de identidad Nro.- 11.082.151, identificado con matricula de Inpreabogado bajo el Nro.- 60.151, en su condición de coapoderado judicial de la parte demandante, ciudadano EUCLIDES RAMON RODRIGUEZ ESCALONA, contra decisión de fecha 09 de mayo del año 2014, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en la ciudad de Acarigua; de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: NO SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante-recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Le.....