este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Inadmisible la Acción de Amparo Constitucional en la modalidad de Habeas Corpus, ejercido por el ciudadano Jhon Jairo Ballesteros Jaramillo, de nacionalidad colombiana, natural de Santandercito, Departamento de Cundinamarca, titular del Pasaporte N° AQ031752, de tránsito en Venezuela y con residencia en la Avenida Bermúdez, Edificio Ginan, piso 2, apartamento 1-A, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre; debidamente asistido por el Abogado en ejercicio Juan Alberto Merchán Fernández, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 26.279, con domicilio procesal en la Calle Principal de Sabilar, Casa S/N°, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre; acción intentada por la presunta violación del derecho a la libertad del referido ciudadano, por considerar que la amenaza cont.....