DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los imputados MIGUEL JOSE RODRIGUEZ RIVERA, Venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez Estado Sucre, soltero, de 21 años de edad, de profesión u oficio barbero, Titular de la Cedula de Identidad Número V- 25.097.378, nacido en fecha 24/02/1996, hijo de Marelbis Rivera y Miguel Rodríguez Hurtado y residenciado en Playa Grande, Franceccis, Calle 01, casa Nº S/n, cerca del Estadio, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y LUIS ENRIQUE GONZALEZ LUNA, Venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez Estado Sucre, soltero, de 21 años de edad, de profesión u oficio pescador, Titular de la Cedula de Identidad Número V- 26.543.477, nacido en fecha.....