DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para entrar a conocer y decidir en primera instancia el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana MARIA PASTORA AGUILAR DE GALVIS, titular de la cédula de identidad Nº V-3.787.197, asistida por la abogada en ejercicio AMARILYS URDANETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.641.372, inscrito en el Instituto de Previsión Social bajo el Nº 119.485, contra la GOBERNACION DEL ESTADO LARA.
SEGUNDO: Se declara la PERENCIÓN de la instancia en el presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
TERCERO: Archív.....