IV
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, de hecho y de derecho este TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda, por ACCIÓN REIVINDICATORIA, incoada por los abogados en ejercicio CESAR GREGORIO VELOZ IZAGUIRRE, inscrito en el Ipsa bajo el N° 142.730, e ISAMAR GUTIERREZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 17.607, ambos actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil JIVELS, S.A, debidamente inscrita ante el Registro Público de Panamá, en fecha 20 de Febrero de 2002, Tomo 2002, Asiento 17.265, República de Panamá, mediante Acta de Reunión de la Junta Directiva de la Sociedad celebrada en la ciudad de Panamá en fecha 25 de junio de 2010, debidamente autenticado por .....