Este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNIICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, NAGUANAGUA, LOS GUAYOS Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos ARNALDO JOSE APONTE y ZAIRA YOLANDA SILVA CHACON, mediante apoderado judicial, en contra del ciudadano JAIRO RAFAEL GUERRERO LAYA, todos ya identificados, por Desalojo. Se condena al ciudadano Jairo Rafael Guerrero Laya a: entregar a la parte actora el inmueble que fue objeto del contrato de arrendamiento verbal; pagar las cuotas insolutas, lo cual asciende a la cantidad de un millón doscientos mil Bolívares (Bs.1.200.000,oo), las cuotas que se sigan venciendo hasta que quede definitivamente firme la sentencia, las facturas de electricidad y agua; así como las costas, costos y honorarios profesionales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 se condena en costas.....