Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. SIN LUGAR la apelación interpuesta por los abogados OSCAR ALI ARAUJO MENDEZ y MARCIAL DIAZ BARRIOS, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 15.226 y 22.469 respectivamente, en su carácter de representantes de la parte actora.
2. SE REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara de fecha 17 de enero de 2007 que declaró sin lugar la demanda interpuesta por los Abogados en ejercicio OSCAR ALI ARAUJO MENDEZ y MARCIAL DIAZ BARRIOS, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 15.226 y 22.469 respectivamente, como apoderados judiciales de la parte demandante, ciudadano JOSÉ DOLORES COLMENAREZ BEJARANO, venezolano, mayor de edad, titu.....