este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL para el Presunto Agresor JOSÉ ALEXANDRE MOREIRA DA CUNHA, titular de la cédula de identidad N° E.- 81.946.466, residenciado en la Urbanización El Bosque, Calle Los Uveros, Manzana C, Casa N° 03, Cumaná Estado Sucre, por los delitos precalificados por esa Fiscalía como AMENAZA Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre la Violencia de la Mujer y la Familia, en perjuicio de YARITZA TIBISAI MARTINEZ PRADA, titular de la cedula de identidad N° 14.194.002, residenciada en la Urbanización El Bosque, Calle Los Uveros, Manzana C, Casa N° 03, Cumaná Estado Sucre, de conformidad con el Ordinal 3° del artículo 318 y el ordinal 8º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el ordinal 5º del artículo 108 del Código Pena.....