DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley CONDENA al acusado; ALBERTO JOSÈ MONTAÑO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 14.580.963, soltero, de 36 años de edad, nacido en fecha 05-01-1972, de profesión u oficio Obrero, hijo de Eustaquia Beltrana Montaño y Luis Alberto Ugas y domiciliado en el Barrio Bolívar, calle principal, casa s/n, redoma El Tamaruco, Tunapuy, Municipio Libertador Estado Sucre; , a cumplir la pena de dos (02) años de Prisión, más las accesorias de Ley previstas en el artículo 16 del Código Penal., de conformidad con los artículos 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de encontrarlo incurso en la comisión del delito de Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 451 del Códig.....