Este Tribunal, dictó Sentencia Interlocutoria impartiendole HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en el presente juicio de PROPIEDAD INTELECTUAL, intentado por la firma mercantil BUONA PIZZA, C.A., inscrita por ante la Oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Edo. Mérida, en fecha 30-09-1999, bajo el Nro. 63, Tomo A-19 de los libros respectivos, contra la Firma Mercantil ALIMENTOS MV & MD, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Edo. Lara, en fecha 10-04-2006, bajo el Nro. 46, Tomo 31-A, En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.