En el presente juicio, se evidencia que la parte actora, desde que se decretó la cuestión prejudicial (18/05/2012), no manifestó interés en cumplir con los requisitos legales, ya que después de casi un año y seis meses fue que denunció la omisión del Inspector de verificar el reenganche; denotando con su actitud: (1) La intención del empleador de no cumplir con la providencia administrativa impugnada, al no consignar en autos pruebas en el que se verifique tal hecho, violando lo principios previstos en la nueva Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores; (2) eternizar el juicio de nulidad a los fines de suspender otros procesos laborales, verbigracia, el pago de los salarios caídos del trabajador; y (3) en caso de existir medida cautelar a su favor de suspensión de efectos del acto administrativo, conservar dicha situación, generando graves perjuicios a la contraparte.
Ahora bien, transcurriendo más de un (1) año desde que se requirió el cumplimiento de la provid.....