Se declaró: 1. IMPROCEDENTE el recurso contencioso administrativo de anulación interpuesto por el ciudadano NESTOR JOSE HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 12.029.050, asistido por la abogada Noris B. Godoy, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 63.921,
2. INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional cautelar interpuesta.