VI
DECISIÒN
En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por los ciudadanos Trina Díaz Carpio y Eleazar Armas Salazar, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la COMPAÑÍA ANÓNIMA ELECTRICIDAD DEL CENTRO (ELECENTRO), contra los actos administrativos contenidos en las resoluciones identificadas con los números GJT-DRAJ-2003-A-2435 del 29 de agosto de 2003, GJT-DRAJ-2003-A-2528 del 08 de septiembre de 2003 y N° GJT-DRAJ-2003-A-2477 del 20 de agosto de 2003, las cuales declararon sin lugar los recursos jerárquicos interpuestos contra la resoluciones culminatorias del sumario administrativo números RCE-SM-ASA-2001-000052 del 11 de diciembre de 2001, RCE-SM-ASA-2001-000053 del 13 de diciembre de 2001 y la Resolución de Imposición de Sanción N° GRTI-RCE-DFD-01-M-.....