DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley Declara Sin lugar , el Recurso de Habeas Corpus, a favor del ciudadano: Yony Domingo Fonseca Vásquez, por cuanto considera este Juzgador de conformidad con el artículo 2 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales no hay Violación del Derecho pues el referido ciudadano se encuentra detenido en la Comandancia por funcionarios adscritos a la Guardia Nacional ya que el mismo se encuentra solicitado por el juzgado sexto de control del Estado Yaracuy según oficio N° C-N-180106 de fecha 24/01/06, no especifica delito. Notifíquese de la Decisión al Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Público del Estado Lara y al Defensor Privado. Publíquese. Cúmplase.