Por los razonamientos expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado JOSE ALEXY RUEDA CASTRO, Fiscal Auxiliar Vigésimo Quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: REVOCA la decisión dictada en fecha 22 de Noviembre de 2006, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, mediante la cual DECRETO MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a los ciudadanos HENBER MANUEL LOPEZ LOYO y JOHAN JOSE CORTEZ, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS en la modalidad de Distribución y ocultamiento, previsto y sancionado en el artículo .....