Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el Recurso de apelación interpuesto por la abogada en ejercicio YURAY PADRON CASTAÑEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 119.980, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 24 de Octubre de 2006. En consecuencia se declara firme el decreto intimatorio y se le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Queda de esta manera REVOCADO el auto apelado.