este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, realizada por los ciudadanos JUAN CARLOS CATARI MORA y RAIZA VIOLETA AZUAJE CAMACARO, antes identificados, en relación a la disolución de su vinculo matrimonial. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante la Alcaldía del antes Municipio hoy Parroquia Camacaro, Municipio Torres del Estado Lara, en fecha 30 de Junio del año 1.995, inserta bajo el Nº 13, Folio 14 Vto., en uno de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante ese Despacho. Expídanse copias certificadas de esta Sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las Autoridades Civiles competentes a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por Secretaría y archívese.