En este estado el ciudadano CESAR IGNACIO ALARCON VERGARA, manifiesta su voluntad de desistir de la demanda incoada y la parte demandada conviene en ello. En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara desistido el presente procedimiento y devuelve las pruebas que fueron promovidas por las partes al inicio de la presente audiencia.