DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, procede a HOMOLOGAR el DESISTIMIENTO suscrito por la ciudadana BARBARA KELEN BASTIDAS SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.058.634 -parte demandante-, debidamente asistida por el abogado Gustavo Morón Piña, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.845 y en consecuencia, LO PASA CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Por ende, se declara TERMINADO el recurso de apelación planteado en el asunto Nº KH03-X-2025-000006 juicio de CUADERNO DE MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO PREVENTIVO (COBRO DE BOLIVARES-PROCEDIMIENTO ORDINARIO) intentado por la ciudadana BARBARA KELEN BASTIDAS SUAREZ contra la sociedad mercantil FR.....