DISPOSITIVA:
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos de conformidad con lo establecido en los Artículos 263 y 264 ejusdem, declara:
PRIMERO: Imparte HOMOLOGACIÓN al CONVENIMIENTO realizada entre el Profesional del Derecho ciudadano: DELVIS RAMÓN SANCHEZ MUJICA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, y la ciudadana CARMEN ELISA RODRÍGUEZ, en su condición de parte accionada, debidamente asistida por la Profesional del Derecho ciudadana: LILIA YELITZA VIZCAYA RAMÍREZ, en los términos y condiciones señalados en la transacción de fecha 08-01-2025, cursante a los folios 26 al 28 de la segunda pieza del presente expediente.
SEGUNDO: Se ORDENA EL LEVANTAMIENTO DE LA MEDIDA PREVENTIVA DE PR.....