PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 03 de Febrero de 2006, por la abogada MARIA HERNANDEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 01 de Febrero de 2006. En consecuencia, declara CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales interpuesta.
Las cantidades demandadas deberán ser indexadas de conformidad a lo que se determine mediante experticia complementaria del fallo respecto a la corrección monetaria, por lo que, se ordena al juez ejecutor la designación de un (1) experto contable a los fines de la realización del ajuste monetario de las cantidades condenadas, para lo cual deberá basarse en los índices de precios al consumidor (IPC) fijados por del Banco Central de Venezuela para el área Metropolitana de Caracas, desde la fecha de admisión de la demanda hasta la fecha de realización del .....