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Decisiones del dia 28/04/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-L-2007-002402 N° Sentencia : Fecha: 28/04/2009
Procedimiento:
Disolución De Sindicato
Partes:
COMERCIALIZADORA VENEZOLANA DE ELECTRODOMESTICOS C. A (COVELCA) CONTRA SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA EMPRESA COMERCIALIZADORA VENEZOLANA DE ELECTRODOMESTICO (C. A. S .I. B. T. E. C. O. V. E. C. A.)
Resumen:
Este Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de esta Circunscripción Laboral, por autoridad de la Ley y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara: Primero: CON LUGAR la demanda de Disolución del Sindicato SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA EMPRESA COMERCIALIZADORA VENEZOLANA DE ELECTRODOMESTICO (C. A. S .I. B. T. E. C. O. V. E. C. A.) incoada por la empresa COMERCIALIZADORA VENEZOLANA DE ELECTRODOMESTICOS C. A (COVELCA). Segundo: se declara la DISOLUCION del SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA EMPRESA COMERCIALIZADORA VENEZOLANA DE ELECTRODOMESTICO (C. A. S .I. B. T. E. C. O. V. E. C. A conforme al art. 462 de la LOT y 12 de los Estatutos del mencionado Sindicato. Tercero: no hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decision. Dictada en Barquisimeto, el día 28 de abril de 2009.
Juez/Ponente:
Alicia Figueroa
Organo:
Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : KP02-L-2008-000601 N° Sentencia : Fecha: 28/04/2009
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
VICTORIA NAHOMI ESCOBAR DE NIEVES CONTRA "MILANO FACTORY PANINO EXPRESS"
Resumen:
Este Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de esta Circunscripción Laboral, por autoridad de la Ley y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara: Primero: CON LUGAR la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales incoada por la ciudadana VICTORIA NAHOMI ESCOBAR DE NIEVES, CI 12.023.792, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número12.023 contra la empresa "MILANO FACTORY PANINO EXPRESS" representada por la ciudadana ANA MARIA COCCIA. Segundo: se condena a la demandada conforme al Parágrafo Unico del art. 6 de la LOPT al pago de la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE BOLIVARES CON SEIS CENTIMOS (Bs.3.229,06) por los siguientes conceptos que se declaran PROCEDENTES, calculados conforme a los salarios promedio diario expresados por la actora en su libelo, de los cuales el ultimo (Bs.813,72/27,12), a los cuales se les adiciono la alicuota de utilidades (15 dias= Bs.1,13) y bono vacacional (7 dias .....
Juez/Ponente:
Alicia Figueroa
Organo:
Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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