Por las razones expuestas, este el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente querella funcionarial interpuesta por el ciudadano Francisco Bonive Aguilera, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. 9.428.963, asistido por el Abogado Marcos Solís Saldivia, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 43.655, contra el Universidad de Oriente (UDO).
SEGUNDO: ADMISIBLE, la querella interpuesta.