"...se decreta medida de Medida de Embargo Preventivo sobre bienes propiedad del demandado, que lo FRANCISCO JOSE LOVERA MONAGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.026.737, de este domicilio. Este Tribunal procede a reconvertir el monto pretendido por la actora en bolívares fuertes de conformidad con el decreto ley de Reconversión Monetaria, en consecuencia la cantidad resultante en Bolívares Fuertes hasta cubrir la cantidad de: CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES CON SIN CENTIMOS (Bsf. 41.400,00) que comprende el doble de la cantidad demandada; la cual es TREINTA Y SEIS MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bsf. 36.400,00), más las costas judiciales que fueron calculadas en la suma de CUATRO MIL SEISCIENTOS BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bsf. 4.600,00) por concepto de costas, incluidos en estas los honorarios de Abogados que fueron calculados en la suma de CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SIN CENTIMOS (Bsf. 4.232,00), de conformidad con lo estableci.....