En consecuencia este tribunal Primero de Primera instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
1. PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por el demandado de autos Luís Rafael Sierra Chapman.-
2. Se revoca la decisión dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Miranda del Estado Falcón en los referente a los pagos establecidos tales como los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2007, asi como enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2008, ya que los mismos fueron cubiertos por el deposito de tres mil bolívares fuertes depositado en la cuenta de la ciudadana Marbella Chapman.
3. Se declara con lugar la demanda de desalojo incoada por los ciudadanos Marbella Coromoto Chapman, Sara Éter Maria Rosillo Chapman y .....