este Tribunal Segundo de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA improcedente la solicitud de Revisión de Medida Privativa de Libertad realizada por el ABG. RUBEN HERNÁNDEZ, defensor del ciudadano GUSTAVO MAGO, reservándose el pronunciamiento para el momento de publicar la sentencia del mismo. Todo de conformidad con lo previsto en 264 del Código Orgánico Procesal Penal,