En fuerza de las motivaciones anteriormente señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) a los ciudadanos EDILIO JOSÉ NOGUERA, venezolano, natural de Acarigua estado Portuguesa, donde nació el 13-11-1986, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° y- 20.158.809, soltero, de profesión albañil, residenciado en el Caserío Guacuy II, calle Principal, casa s/N, del Municipio Araure estado Portuguesa y ALEXIS RAFAEL ROJAS CORDOVA, venezolano, natural de Puerto La Cruz, estado Anzoátegui, donde nació el 11-12-1982, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.900.104. Soltero, de profesión Obrero, residenciado en el caserío Algodonal Principal, casa S/N, del Municipio Araure, estado Portuguesa, a cumplir la pena de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES DE PR.....