´III
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan Jose Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN POR FALTA DE INTERÉS PROCESAL, en la Solicitud de DIVORCIO conforme al artículo 185-A del Código de Procedimiento Civil, presentada por el ciudadano JOSE DIONICIO PINTO SUMOZA, venezolano mayor de edad Titular de la cedula de identidad Nro V- 3.138.720, asistido por el abogado WILSOM IBAN HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 203.603, en consecuencia se declara terminado el procedimiento.
Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia en el copiador de Sentencias.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE.....