Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR, el recurso de apelación formulado por el actor.
SIN LUGAR, la acción incoada por el ciudadano JOHN DAVE SEPULVEDA TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.603.010 contra la Sociedad de Comercio "OWENS ILLINOIS DE VENEZUELA", C.A., identificada en autos.-
Queda en éstos términos CONFIRMADA la Sentencia recurrida.