DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD del Imputado SONDER JAVIER GARCÍA, quien manifestó ser su Cédula de Identidad Nº V-17.726.371, por la comisión de los Delitos de HOMICIDIO CALIFICADO Y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 406 ORDINAL 1° Y 413 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de Sol Mary Botero Arango y Karla Andreina Arteaga Rojas. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 y 254 del Código Orgánico Procesal Penal. El procedimiento a aplicarse en la presente causa es el Ordinario.-